
Gestión
y Bienestar
El soporte humano, tecnológico, físico y financiero requiere de un mejoramiento continuo que se adapte a las condiciones cambiantes de la actualidad. Para lograr este propósito se formuló en los planes para el trienio 2016-2018, la implementación de estrategias del Sistema Integrado de Gestión Académica, Administrativa y Ambiental-SIGA, disminución de los riesgos en los procesos y objetivos institucionales; aumento de la percepción de satisfacción del servicio y de transparencia; desarrollo de campañas que fortalezcan la imagen institucional, mejoramiento de los programas de bienestar para los integrantes de la comunidad universitaria, promoción de la equidad, la convivencia y el respeto por la diversidad en la comunidad universitaria y despliegue de la gestión de la información estadística de la Universidad.
Tiene preguntas sobre la gestión de la Sede
Algunos logros de la sede durante 2018
en Gestión y Bienestar
Un anónimo preguntó
Ya que la administración central decidió quitarnos el derecho al bienestar a través de los juegos nacionales, porque la Sede no apoya al menos la inscripción de sus selecciones en los juegos de sintraunicol o sintraunal, que razón normativa no lo permite?
Ya que la administración central decidió quitarnos el derecho al bienestar a través de los juegos nacionales, porque la Sede no apoya al menos la inscripción de sus selecciones en los juegos de sintraunicol o sintraunal, que razón normativa no lo permite?
La Sede responde a esta pregunta
En los acuerdos suscritos con las organizaciones sindicales durante las últimas vigencias en el marco del Decreto 160 de 2014 y las Convenciones Colectivas, la Universidad ha destinado apoyos para la realización los juegos deportivos de las organizaciones sindicales que incluyen recursos en dinero, suministro de transportes, uniformes, entrenadores, exámenes médicos y autorización de permisos.
En los acuerdos suscritos con las organizaciones sindicales durante las últimas vigencias en el marco del Decreto 160 de 2014 y las Convenciones Colectivas, la Universidad ha destinado apoyos para la realización los juegos deportivos de las organizaciones sindicales que incluyen recursos en dinero, suministro de transportes, uniformes, entrenadores, exámenes médicos y autorización de permisos.
Un anónimo preguntó
¿Cuál fue el resultado de la encuesta para cambiar la caja de compensación?
¿Cuál fue el resultado de la encuesta para cambiar la caja de compensación?
La Sede responde a esta pregunta
El resultado de la aplicación de la encuesta sobre el cambio de la caja de compensación familiar –CCF correspondió al 16.81% obtenido de las recomendaciones y sugerencias que registraron los empleados públicos de Sede Bogotá en la Sección 7. De la encuesta. El número de empleados públicos de la Sede Bogotá que diligenciaron la encuesta (1.034) corresponden al 29% calculado sobre 3.558 empleados públicos vinculados a la Universidad Nacional de Colombia, con corte a 30 de abril de 2018, fecha en la cual se comenzaron a aplicar las encuestas en las 8 sedes. A nivel general, el 11.54% de los 1.586 empleados públicos vinculados a la Universidad, de las 8 sedes, que respondieron la encuesta, recomendaron cambiar de CCF. Dentro de las otras recomendaciones con mayor peso se encontraron: mejorar las comunicaciones y divulgar la oferta de servicios por parte de la CCF, bajar costos en la oferta de las CCF y mejorar los convenios con otras CCF ubicadas en ciudades distintas a aquellas en las que se encuentran laborando los empleados públicos de la Universidad.
El resultado de la aplicación de la encuesta sobre el cambio de la caja de compensación familiar –CCF correspondió al 16.81% obtenido de las recomendaciones y sugerencias que registraron los empleados públicos de Sede Bogotá en la Sección 7. De la encuesta. El número de empleados públicos de la Sede Bogotá que diligenciaron la encuesta (1.034) corresponden al 29% calculado sobre 3.558 empleados públicos vinculados a la Universidad Nacional de Colombia, con corte a 30 de abril de 2018, fecha en la cual se comenzaron a aplicar las encuestas en las 8 sedes. A nivel general, el 11.54% de los 1.586 empleados públicos vinculados a la Universidad, de las 8 sedes, que respondieron la encuesta, recomendaron cambiar de CCF. Dentro de las otras recomendaciones con mayor peso se encontraron: mejorar las comunicaciones y divulgar la oferta de servicios por parte de la CCF, bajar costos en la oferta de las CCF y mejorar los convenios con otras CCF ubicadas en ciudades distintas a aquellas en las que se encuentran laborando los empleados públicos de la Universidad.
Un anónimo preguntó
¿Cuál razón normativa, jurídica o de función pública no permite separar la el bienestar docente y administrativo del estudiantil?
¿Cuál razón normativa, jurídica o de función pública no permite separar la el bienestar docente y administrativo del estudiantil?
La Sede responde a esta pregunta
Según el artículo 117 de la Ley 30 de 1992, las Instituciones de Educación Superior deben adelantar programas de bienestar entendidos como el conjunto de actividades que se orientan al desarrollo físico, psicoafectivo, espiritual y social de los estudiantes, docentes y personal administrativo.
De conformidad con el literal n. del artículo 12 del Decreto 1210 de 1993, es función del Consejo Superior Universitario determinar las políticas y programas de bienestar universitario; de acuerdo con esa potestad, se expidió el Acuerdo número 7 de 2010 que determina y organiza el Sistema de Bienestar Universitario de la Universidad Nacional de Colombia.
La última norma citada (especialmente los artículos 3º, 8º y 14º) establece la obligación de desarrollar programas y acciones por cada estamento de la Comunidad universitaria, entendida como docentes, estudiantes y personal administrativo.
De acuerdo con lo anterior, la Sede Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia cuenta en su estructura con una Dirección de Bienestar (Nivel central) y Direcciones de Bienestar en las Facultades que desarrollan los programas establecidos para cada estamento, incluyendo los dirigidos a servidores públicos que puede ser consultado en el vínculo http://bienestar.bogota.unal.edu.co/bien_doc_admin.php.
Por lo expuesto, la normatividad establece una diferenciación frente al bienestar de estudiantes, docentes y personal administrativo que se concreta en la ejecución de los programas institucionales.
Según el artículo 117 de la Ley 30 de 1992, las Instituciones de Educación Superior deben adelantar programas de bienestar entendidos como el conjunto de actividades que se orientan al desarrollo físico, psicoafectivo, espiritual y social de los estudiantes, docentes y personal administrativo.
De conformidad con el literal n. del artículo 12 del Decreto 1210 de 1993, es función del Consejo Superior Universitario determinar las políticas y programas de bienestar universitario; de acuerdo con esa potestad, se expidió el Acuerdo número 7 de 2010 que determina y organiza el Sistema de Bienestar Universitario de la Universidad Nacional de Colombia.
La última norma citada (especialmente los artículos 3º, 8º y 14º) establece la obligación de desarrollar programas y acciones por cada estamento de la Comunidad universitaria, entendida como docentes, estudiantes y personal administrativo.
De acuerdo con lo anterior, la Sede Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia cuenta en su estructura con una Dirección de Bienestar (Nivel central) y Direcciones de Bienestar en las Facultades que desarrollan los programas establecidos para cada estamento, incluyendo los dirigidos a servidores públicos que puede ser consultado en el vínculo http://bienestar.bogota.unal.edu.co/bien_doc_admin.php.
Por lo expuesto, la normatividad establece una diferenciación frente al bienestar de estudiantes, docentes y personal administrativo que se concreta en la ejecución de los programas institucionales.
